Base legal:
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/856 DE LA COMISIÓN de 26 de febrero de 2019 por el que se complementa la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al funcionamiento del Fondo de Innovación (DOUE L 140 de 28.5.2021)
Objetivo:
Los objetivos operativos del Fondo de Innovación serán los siguientes:
a) |
apoyar proyectos que demuestren tecnologías, procesos o productos altamente innovadores, cuya madurez sea suficiente y con un potencial considerable para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero; |
b) |
ofrecer apoyo financiero adaptado a las necesidades del mercado y los perfiles de riesgo de los proyectos admisibles, a la vez que atraer recursos públicos y privados adicionales; |
c) |
garantizar que los ingresos del Fondo de Innovación se gestionen de conformidad con los objetivos de la Directiva 2003/87/CE. |
Ejecución del programa: Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente
Punto de información a nivel europeo:
Dirección General de Acción por el Clima
Correo electrónico: CLIMA-IF-EXPERTGROUP@ec.europa.eu
Punto nacional de contacto:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Oficina Española de Cambio Climático
Correo electrónico: bzn-fondoinnovacion@miteco.es