Base legal:
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Artículos 154-155, Artículos 45 y 48
Reglamento Financiero de la UE 2018/1046
Objetivo:
El apoyo financiero a través de las prerrogativas para promover el diálogo social europeo a nivel intersectorial, sectorial y empresarial se basa en el artículo 154-155 del TFUE. La Comisión apoya las acciones emprendidas por los interlocutores sociales europeos para promover el diálogo social y acordar acciones conjuntas, incluso mediante actividades de creación de capacidad (excluidas las actividades de creación de capacidad nacional que pueden financiarse con cargo al FSE / FSE +) y más actividades analíticas que contribuyan al desarrollo de la experiencia en el ámbito de las relaciones laborales. También apoya las medidas de información y formación para las organizaciones de trabajadores y el intercambio transnacional de información y buenas prácticas en asuntos relevantes para el diálogo social a nivel de empresa.
El apoyo de la libre circulación de trabajadores y la coordinación de los regímenes de seguridad social se basa en lo artículos 45 y 48 del TFUE. En este caso, el apoyo a las prerrogativas complementa las actividades de la Autoridad Laboral Europea. Además, respalda el análisis de la situación actual, buscando mejoras legales y técnicas y con el objetivo de garantizar una libre circulación efectiva de trabajadores y la coordinación de los regímenes de seguridad social, en particular a través del Intercambio electrónico de información de seguridad social (EESSI).
Punto de información a nivel europeo:
Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión
Correo electrónico: empl-vp-social-dialogue@ec.europa.eu