Base legal:
- Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril de 2021 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de 12.5.2021)
- Decisión (UE) 2021/764 del Consejo de 10 de mayo de 2021 que establece el Programa Específico por el que se ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, y por la que se deroga la Decisión 2013/743/UE (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 167I de 12.5.2021)
Período de vigencia: 01.01.2021-31.12.2027
Objetivos:
El objetivo general del Programa es generar un impacto científico, tecnológico, económico y social a partir de la inversión de la Unión en I+i a fin de fortalecer las bases científicas y tecnológicas de la Unión y fomentar su competitividad en todos los Estados miembros, en particular la de sus empresas, cumplir las prioridades estratégicas de la Unión y contribuir a la realización de los objetivos y políticas de la Unión, hacer frente a los desafíos mundiales, incluidos los ODS conforme a los principios de la Agenda 2030 y del Acuerdo de París, así como reforzar el EEI. Así, el Programa maximizará el valor añadido de la Unión, centrándose en objetivos y actividades de los que no pueden ocuparse eficazmente los Estados miembros por sí solos, pero sí mediante la cooperación.
El Programa persigue los objetivos específicos siguientes:
a) |
desarrollar, promover e impulsar la excelencia científica, apoyar la creación y difusión de nuevos conocimientos fundamentales y aplicados de alta calidad, de capacidades, tecnologías y soluciones, apoyar la formación y la movilidad de los investigadores, atraer talentos a todos los niveles y contribuir a la plena movilización de la reserva de talento de la Unión en las acciones que reciban ayuda del Programa; |
b) |
generar conocimiento, intensificar el impacto de la I+i en la elaboración y aplicación de las políticas de la Unión, así como en el apoyo a estas políticas, y favorecer el acceso y la adopción de soluciones innovadoras en la industria europea, en especial en las pymes, y en la sociedad para hacer frente a los desafíos mundiales, incluido el cambio climático y los ODS; |
c) |
fomentar todas las formas de innovación, facilitar el desarrollo tecnológico, la demostración y la transferencia de conocimientos y tecnología, reforzar la implantación y explotación de soluciones innovadoras; |
d) |
optimizar el rendimiento del Programa con miras a reforzar y aumentar el impacto y el atractivo del EEI, fomentar participaciones basadas en la excelencia de todos los Estados miembros, incluidos los países de bajo rendimiento en I+i, en el Programa, así como facilitar vínculos de colaboración en I+i europeas. |
Ejecución del programa:
Agencia Ejecutiva de Investigación
Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación
Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente.
Puntos de información a nivel europeo:
Dirección General de Investigación e Innovación (DG RTD)
https://www.horizoneuropencpportal.eu/
Puntos nacionales de contacto:
https://www.horizonteeuropa.es/