: Ayudas europeas : Programas

Programa para el Mercado Único (SMP)

Base legal:

Reglamento (UE) 2021/690 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril de 2021 por el que se establece un programa para el mercado interior, la competitividad de las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, el ámbito de los vegetales, animales, alimentos y piensos, y las estadísticas europeas (Programa para el Mercado Único), y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 99/2013, (UE) n.o 1287/2013, (UE) n.o 254/2014 y (UE) n.o 652/2014 (DO L 153 de 3.5.2021)

Período de vigencia: 01.01.2021-31.12.2027

Objetivos:

Los objetivos generales del Programa son los siguientes:

a)

mejorar el funcionamiento del mercado interior, especialmente para proteger y capacitar a los ciudadanos, a los consumidores y a las empresas, sobre todo a las pymes, garantizando el cumplimiento del Derecho de la Unión, facilitando el acceso a los mercados, estableciendo normas y promoviendo la salud de las personas, la sanidad animal y la fitosanidad, así como el bienestar de los animales, al mismo tiempo que se respetan los principios del desarrollo sostenible y se garantiza un elevado nivel de protección de los consumidores, así como reforzando la cooperación entre sí de las autoridades competentes de los Estados miembros y entre las autoridades competentes de los Estados miembros, la Comisión y las agencias descentralizadas de la Unión;

b)

desarrollar, elaborar y difundir estadísticas europeas de calidad, comparables, puntuales y fiables que sirvan de base al diseño, el seguimiento y la evaluación de todas las políticas de la Unión y ayuden a los ciudadanos, a los responsables de la elaboración de políticas, a las autoridades, a las empresas, al mundo académico y a los medios de comunicación a adoptar decisiones fundadas y a participar activamente en el proceso democrático.

Los objetivos específicos del Programa son los siguientes:

a)

mejorar la eficacia del mercado interior, también habida cuenta de la transformación digital.

b)

reforzar la competitividad y sostenibilidad de las pymes y lograr la adicionalidad a escala de la Unión.

c)

garantizar el funcionamiento eficaz del mercado interior a través de procesos de normalización.

d)

promover los intereses de los consumidores y garantizar un elevado nivel de protección de estos y de seguridad de los productos:

e)

contribuir a lograr un alto nivel de salud y seguridad para las personas, los animales y los vegetales en los ámbitos de los vegetales, los animales, los alimentos y los piensos, entre otros medios, mediante la prevención, detección y erradicación de enfermedades animales y plagas de los vegetales, también mediante medidas de emergencia que se adoptan en caso de situaciones de crisis a gran escala y acontecimientos imprevisibles que afecten a la sanidad animal o la fitosanidad, y mediante el apoyo de las mejoras en el bienestar animal, la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos y el desarrollo de una producción y un consumo de alimentos sostenibles, así como estimulando el intercambio de mejores prácticas entre los diferentes actores de los ámbitos de referencia;

f)

desarrollar, elaborar, difundir y comunicar estadísticas europeas de calidad conforme a los criterios de calidad establecidos en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 223/2009, de manera oportuna, imparcial y rentable, por medio del Sistema Estadístico Europeo reforzado, contemplado en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 223/2009, y unos acuerdos de colaboración mejorados dentro de dicho sistema así como con todos los interlocutores externos pertinentes, utilizando múltiples fuentes de datos, métodos avanzados de análisis de datos, sistemas inteligentes y tecnologías digitales y facilitando un desglose nacional y, de ser posible, regional.

Puntos de información a nivel europeo: Aquí

Convocatorias